Sufragio efectivo, opaca reelección

Julio Manuel Valera Piedras y Asael Hernández Cerón se valieron de un principio opaco, sin normas claras, y serán de nuevo diputados locales sin competir contra nadie.

 

Tuvieron seis años los legisladores federales para crear la ley secundaria del tema de la reelección en México, y no lo hicieron, solo decidieron, con la reforma electoral de 2014, lo que está inscrito en los artículos 59, 115 y 116 constitucionales, para permitir la reelección, “hasta por dos periodos consecutivos” a los senadores; “hasta por cuatro periodos consecutivos” a los diputados; y “por un periodo adicional, siempre y cuando el periodo del mandato de los ayuntamientos no sea superior a tres años”, a los presidentes municipales. Por supuesto, en ese sentido, también a los diputados locales y a los integrantes de los ayuntamientos. 

 

Así, con eso nada más, llegamos al primer turno de la reelección legislativa federal en México, -en 2014 se determinó que se aplique por primera vez para diputados y senadores electos en 2018-, sin una ley secundaria que plantee con precisión y detalle todo lo relativo a esta nueva figura electoral en nuestro país, por lo que el INE emitió el 8 de diciembre de 2020 los “lineamientos sobre reelección de diputaciones para el proceso electoral federal 2020-2021”, no sin antes reprochar que esto debió ser una tarea del Legislativo federal. 

 

“Lamento que hoy estemos teniendo esta discusión en esta sede, porque es una discusión que debió haberse dado bajo las figuras que se quiera, incluso de parlamento abierto o en una gran discusión pública y demás, pero en la sede legislativa. Esta no es una discusión que deberíamos estar teniendo en esta instancia”, dijo Lorenzo Córdova en la sesión de Consejo General en la que se aprobaron dichos lineamientos.

 

En la misma sesión del INE, el reproche del consejero presidente fue secundado por la mayoría de los integrantes del órgano electoral, pues “estos lineamientos son aprobados por el Instituto debido a la omisión del Poder Legislativo en la emisión de una legislación secundaria en la materia, ordenada por la reforma electoral de 2014”, señaló ese día el consejero presidente del INE. 

 

Los lineamientos aprobados por los consejeros del INE para el tema de la reelección invocan particularmente los criterios de paridad de género, las candidaturas indígenas y las acciones afirmativas en favor de grupos en situación de vulnerabilidad, lo cual tiene que ser atendido al interior de los partidos políticos, algo debidamente fundamentado tanto en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales como en la Ley General de Partidos Políticos, a lo que solo le añadieron que los diputados en busca de reelegirse pueden hacerlo sin necesidad de separarse de sus cargos, solo no dejando de asistir a las sesiones legislativas o de lo contrario su ausencia por esta causa ameritará el respectivo descuento en sus dietas. 

 

También resolvieron que tienen que ser postulados por el mismo partido por el que hayan sido electos, o por otro partido político nacional siempre y cuando hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato, o bien que su partido haya perdido el registro.

 

Lo sorprendente de todo, amén de que con un análisis más profundo seguramente se evidenciarían tantas más aberraciones como esta: “Podrán optar por la reelección las diputadas y diputados federales elegidos tanto por el principio de mayoría relativa como por el principio de representación proporcional, sin importar la forma de postulación”, o viceversa: “Podrán postularse al mismo cargo, bajo el principio de mayoría relativa o de representación proporcional, independientemente del principio por el que fueron electos”. 

 

O sea, si fuiste o eres diputado por representación proporcional, puedes volver a serlo por cualquier método electivo, o bien, si fuiste electo diputado por mayoría relativa puedes aspirar para el siguiente periodo bajo cualquier principio electivo. 

 

O sea, ¿qué chiste? Los que aspiren a reelegirse deben hacerlo necesariamente por el principio de mayoría relativa, que compitan, para que prueben si los electores quieren volver a tenerlos como diputados. 

 

No creo que este sea el espíritu de la reelección, pero los legisladores federales no hicieron la ley secundaria y así quedó: abierto, ambiguo y hasta irresponsable. 

 

De esto se valieron en Hidalgo los actuales diputados locales: Julio Manuel Valeria Piedras, quien se enlistó en el lugar número uno del Partido Revolucionario Institucional; y Asael Hernández Cerón, quien aparece también en el sitio de privilegio en la lista del Partido Acción Nacional, por lo que ambos estarán de nueva cuenta en el Congreso local, y sin competir de nuevo. O sea

Asael Hernández Cerón

 

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